Logo

Transporte Escolar

Transporte Escolar

Transporte escolar utilizado por los Estudiantes del LMS

La Dirección del Liceo Experimental Manuel de Salas estima pertinente puntualizar lo que sigue, en relación con el uso y las condiciones del funcionamiento de los transportes escolares formales o informales que padres, madres y/o apoderados(as) contratan para el tránsito de sus hijos(as), desde o hacia el hogar y el Liceo, en la jornada escolar diaria.

1) La Institución no considera entre sus prestaciones, que son de naturaleza exclusivamente pedagógica, el traslado de estudiantes que se dirigen al Establecimiento o regresan a sus casas. Lo anterior significa que la familia debe decidir libremente qué hacer al respecto, según sus propias necesidades, recursos  y expectativas.

2) A la fecha, las y los conductores abajo presentados son los únicos7as autorizados/as para que ingresen con sus vehículos al Establecimiento (calle Brown Norte) en la mañana y al final de la jornada de clases, y en un espacio autorizado y habilitado para el respectivo estacionamiento, a fin de que las y los usuarios estudiantes arriben y se retiren con la mayor seguridad.

3) El nombre que utilizan las asociaciones anteriormente aludidas es solo una referencia y, bajo ninguna condición, obliga al Liceo  a asumir responsabilidades civiles o penales ante la ocurrencia de hechos que lo ameriten. Por ello, el Establecimiento no está facultado para determinar que los transportados sean exclusivamente estudiantes de la Institución. Ambas empresas son organizaciones de carácter privado y están integradas por personas que no son funcionarios(as) del Liceo Experimental Manuel de Salas. En consecuencia,  responden específicamente al cumplimiento legal de las normativas que emanan de los propios estatutos de dichas organizaciones; a los términos que han convenido con padres, madres y/o apoderados(as) del LMS y, fundamentalmente, al reglamento del Ministerio de Transportes, dado el servicio que ofrecen a la comunidad.

4) Por lo expuesto, al Liceo le incumbe específicamente disponer e implementar medidas que faciliten la circulación interna de los transportes escolares (espacio, hora, seguridad en momento de arribo y salida de los vehículos, más otras circunstancias relacionadas con el acompañamiento de las y los niños más pequeños al término de la jornada). No puede velar por la observancia o cumplimiento de los compromisos que se originan entre privados que procuran u obtienen esta prestación. Tampoco sancionar a las/los propietarios o conductores de transportes escolares en caso de infracciones a las leyes del tránsito estando en circulación por vías que están fuera del espacio que ocupa la infraestructura de la Institución.

5) Las autoridades del Establecimiento solamente podrán ejercer determinadas acciones respecto de las y los transportistas escolares si, estando dentro del Liceo y en el ejercicio de su labor, transgredan los reglamentos internos de la Institución o pongan en riesgo la seguridad de los estudiantes, profesores, funcionarios, padres o apoderados o personas ligadas a la comunidad educativa.

6) Sin perjuicio de lo anterior, es importante señalar que la Subdirección del Liceo Experimental Manuel de Salas ha hecho importantes esfuerzos para favorecer -como ha sido históricamente- el intercambio de ideas que propendan a mantener la sana convivencia entre todas las personas que atienden a las y los niños y jóvenes que se educan en el Establecimiento, , sean o no funcionarios de la entidad.

7) En la línea de acción se señala en el punto 6), dentro de las facilidades otorgadas a las Asociaciones de Transportistas Escolares que trasladan a nuestras y nuestros estudiantes, está la posibilidad de reunirse con cierta periodicidad con la Subdirección; además, publicitar la prestación que ofrecen a los apoderados a través del sitio web institucional; otorgar estacionamiento temporal al interior del Liceo según se señala en el punto 2, por un costo mínimo anual que los usuarios pagan conforme lo establecen las condiciones del respectivo contrato, etc.

8) Toda la comunidad educativa, y en especial los padres, madres y apoderados(as), deben reforzar las actitudes preventivas de autocuidado y responsabilidad en niños y niñas que se trasladan en furgones de transporte escolar; también, la exigencia en la calidad del servicio contratado así como la permanente observación de las condiciones mecánicas de los vehículos y evaluación de las prácticas que realizan los prestadores, a objeto de decidir lo que corresponda.

9) A la fecha, la Institución no tiene registros formales que den cuenta de accidentes de tránsito que hubiesen afectado a nuestras y nuestros estudiantes mientras estuviesen movilizándose en furgones de transporte escolar. Este servicio ofrecido al Liceo Experimental Manuel de Salas, de extensa y conocida trayectoria, ha sido ejercido por personas que integran o integraron la comunidad educativa en calidad de apoderados, razón por la que se les respeta y considera, en tanto constituyen un apoyo a muchas familias de este Establecimiento. Prueba de ello es que han accedido regularmente a entregar información y copia de los documentos a la Subdirección, acreditando  los respectivos permisos que otorga el Ministerio de Transportes para ejercer su labor, la revisión técnica al día y licencias de conducir, vigentes.

10) Otras informaciones que se refieran a esta temática deben ser solicitadas directamente a las y los prestadores del servicio de Transporte Escolar que habitualmente utilizan las y los estudiantes del LMS.

 

Transportistas: 

Valeria Hernández E.
Teléfono: + 569 9220 6996
Sector: Ñuñoa – Providencia – Santiago Centro.

Carlos Fuentes J.
Teléfono: + 569 966 6894 – 22 273 9053
Sector: Ñuñoa – La Reina.

Carlos Muñoz A.
Teléfono: +569 8501 4903 – 22 271 2326
Sector: Ñuñoa – Providencia.

Berta Rivas H.
Teléfono: +569 9433 8242 – 22 848 2173
Sector: Ñuñoa – Providencia.


Experimentalidad Pedagógica

De tu interés